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Separacion de Patrimonios

jeanper

mayo 29, 2023

La separación de patrimonio: 

Es una modalidad de unión matrimonial, es decir, de la convergencia de los patrimonios de los conyuges al momento de casarse que tiende a desvincular los mismos y mantenerlo de forma personal para cada conyuge

Cuando existe una unión matrimonial (vínculo matrimonial) por regla general se crea la denominada SOCIEDAD DE GANANCIALES que no es otra cosa más que la unión del patrimonio del hombre y la mujer desde que se firma el matrimonio, hasta que, en el peor de los casos, se disuelve el mismo, esto quiere decir que cualquier bien mueble o inmueble adquirido dentro del matrimonio será una copropiedad entre ambos (indistintamente de si lo paga uno u otro conyuge)

Sin embargo, existe en algunos matrimonios, el acuerdo común de que cada conyuge será propietario de lo que adquieran en su vínculo matrimonial, y ante este escenario surge el denominado matrimonio con bienes separadaso. Bajo esta modalidad, los conyuges, como se reitera, serán propietarios de lo que hayan adquirido dentro de su matrimonio, para cuyo caso deberá acreditarse con el respectivo título o comprobante de pago que certifique su propiedad, de esta forma en caso de llegar a la disuloción del vínculo matrimonial, los ocnyugues no tendrán que realizar un procedimiento de liquidación de bienes puesto que cada uno ya contará con la propiedad inscrita o no que hayan adquirido durante el matrimonio a titulo personal.

Este procedimiento de matrimonio con bienes seprados no es declarativo meramente, por lo que deberá dejarse constancia y realizarse al momento de realizar las formalidades del matrimonio, o de ser el caso que deseen cambiar de régimen, deberá llevarse un proceso especifico para que esto surga efectos. Importante: en caso de cambio de régimen, este solo regirá desde el momento que se realizó el cambio.

Redactado por:
Jean Pereda

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